La subcontratación en México ha experimentado una transformación regulatoria significativa con las reformas de 2021, enfocadas en erradicar prácticas ilegales y garantizar los derechos laborales. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) ha emitido un Protocolo de Inspección detallado para vigilar el cumplimiento de la Ley Federal del Trabajo (LFT) y el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE). Este instrumento establece los procedimientos e indicadores que utiliza la autoridad laboral para fiscalizar tanto a las empresas contratistas como a las beneficiarias. Con ello, se busca identificar y sancionar la subcontratación prohibida o simulada, promoviendo el trabajo digno y el apego a la legalidad.

Antecedentes y Justificación
Las reformas a la Ley Federal del Trabajo (LFT) de 2021 modificaron sustancialmente la regulación de la subcontratación.
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Prohibición General: Se prohíbe la subcontratación de personal (proveer o poner a disposición trabajadores propios en beneficio de otra persona).
Justificación excepcional: Solo se permite la subcontratación de servicios especializados o ejecución de obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante del beneficiario.
Requisitos Clave: Los contratistas deben tener un registro vigente ante la STPS, conocido como REPSE (Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas), y estar al corriente con sus obligaciones fiscales y de seguridad social.
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Objetivo del protocolo:
El facilitar que la STPS vigile el cumplimiento e identifique y sancione:
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Irregularidades en la información presentada para el REPSE.
Subcontratación prohibida (en actividades que son parte del objeto social o actividad preponderante de la beneficiaria).
Subcontratación irregular (servicios especializados sin contar con la inscripción al REPSE y otros requisitos).
Subcontratación simulada (cuando la actividad es en realidad parte del objeto social o actividad preponderante de la beneficiaria, a pesar de los documentos).
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Violaciones a las condiciones generales de trabajo (CGT).
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Acciones de Vigilancia
El Protocolo se aplica a tres tipos de acciones de vigilancia:
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Visitas de constatación REPSE : Se realizan a personas que solicitan o ya están inscritas en el REPSE.
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Inspecciones en materia de subcontratación : Se realizan a contratistas y a beneficiarias de los servicios especializados, o en cualquier centro donde se pongan trabajadores a disposición de otro.
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Inspecciones ordinarias y extraordinarias en materia de CGT (Condiciones Generales de Trabajo), SH (Seguridad e Higiene) y CyA (Capacitación y Adiestramiento), con un enfoque transversal en materia de subcontratación.
Todas las acciones incluyen constatación física (recorridos), revisión documental y entrevistas o interrogatorios.
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Entrevistas e Interrogatorios
Los inspectores federales del trabajo interrogaran a trabajadores y empleadores
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Muestra Mínima: La cantidad de trabajadores a entrevistar o interrogar se determina por la siguiente tabla:
| Número total de personas trabajadoras | Porcentaje de personas trabajadoras a entrevistar |
| 1-50 | 100% |
| 51-100 | 50% |
| Más de 100 | 40% |
Cuestionario: Las preguntas buscan confirmar el cumplimiento de la ley laboral y determinar si la subcontratación es legal, preguntando sobre:
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Puesto y actividades.
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Salario, periodicidad y forma de pago.
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Contrato de trabajo (si firmó, si le dieron copia, frecuencia de firma y si ha firmado con diferentes patrones).
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¿De quién recibe instrucciones para sus labores?
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Capacitación recibida.
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Acceso a utilidades y seguridad social (IMSS) en caso de accidentes.
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Empresa y domicilio donde presta servicios especializados y si labora jornada completa.
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Actuaciones Posteriores
En caso de comprobarse que existen violaciones a la normatividad aplicable al REPSE
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Visitas de constatación REPSE: Si se identifican incumplimientos, la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo (DGIFT) iniciará el procedimiento de cancelación del registro REPSE.
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Inspecciones: La DGIFT o las Oficinas de Representación Federal del Trabajo (ORFT) evaluarán el cumplimiento para determinar el archivo del expediente o el inicio del Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS). El inicio del PAS también puede dar lugar al procedimiento de cancelación del registro REPSE
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Indicadores a revisar para beneficiarias
Los cuales se centran en asegurar que los servicios no caigan en la subcontratación prohibida o simulada
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A continuación en la parte inferior podrás ver parte de los puntos a verificar por los Inspectores
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Algunos puntos a verificar por los Inspectores
| Indicador a revisar | Tipo de comprobación | Aspectos clave |
|---|---|---|
| Personas puestas a disposición | Documental, interrogatorio y constatación física | Enlistar e identificar a la totalidad de trabajadores de terceros que se encuentren en el centro de trabajo de la beneficiaria. |
| Contratos de Servicios | Documental | Observar que el contrato sea por escrito y contenga el registro REPSE y folio de actividad de la contratista, nombre de la contratista, número de trabajadores, vigencia, objeto(s) y firmas. |
| Actividad Real de los Trabajadores | Documental, interrogatorio y Constatación Física | Que los trabajadores de la contratista realicen exactamente los servicios u obras especializados señalados en el contrato. |
| Proporcionalidad de Trabajadores | Documental, interrogatorio y constatación Física | Que el número de trabajadores puestos a disposición corresponda al número aproximado señalado en el contrato. |
| Subcontratación no Prohibida | Documental, interrogatorio y constatación Física | Que la actividad prestada por la contratista no se corresponda con el objeto social o la actividad económica preponderante de la beneficiaria. |
| Identificación de Trabajadores | Documental, interrogatorio y constatación física | Que los trabajadores de la contratista estén debidamente identificados y diferenciados (gafete, nombre, imagen, código) de los contratados por la beneficiaria. |
| Inscripción al IMSS de Terceros | Documental | Comprobar que los trabajadores de la contratista que prestan servicios en la beneficiaria estén inscritos al IMSS |
Protocolo en Materia de Subcontratación de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (76 fojas)
