LegalMex · Reforma a la Ley Federal del Trabajo

De 48 a 40 horas, en cinco etapas

El decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2026 reduce de manera gradual la jornada semanal máxima hasta llegar a 40 horas en 2030, y reacomoda junto con ella el régimen del tiempo extraordinario. Selecciona uno o varios periodos para ver su impacto anticipado.

  • 5Etapas, de mayo 2026 a enero 2030
  • 48→40Horas semanales ordinarias
  • 9→12Tope de horas extra dobles
  • 01/01/27Registro electrónico obligatorio
Alcance de la reforma

Seis cambios que debes conocer

El decreto reforma los artículos 58, 59, 61, 66, 68, 69, 71 y 132, deroga el segundo párrafo del 67, y adiciona la fracción IV Bis al artículo 994. Reglamenta la reforma constitucional publicada el 4 de marzo de 2026.

01

Jornada semanal máxima de 40 horas

La duración máxima de la jornada ordinaria será de cuarenta horas semanales. Se alcanza de forma escalonada, no de golpe.

Art. 59 LFT · Transitorio segundo
02

Distribución de común acuerdo

La jornada semanal podrá distribuirse de común acuerdo entre patrón y trabajador, lo que permite concentrar las horas en menos días si ambas partes lo consienten.

Arts. 58 y 59 LFT
03

Garantía de no disminución salarial

En ningún caso la reducción de la jornada implicará la disminución de sueldos, salarios o prestaciones. Trabajar menos horas no autoriza pagar menos.

Transitorio séptimo
04

El tope de horas extra dobles crece

El límite de horas extraordinarias pagadas al doble pasa de 9 a 12 horas semanales de forma gradual. El pago al doble no es nuevo: lo que cambia es cuánto tiempo alcanza esa tasa antes de subir al triple.

Art. 66 LFT · Transitorio cuarto
05

Distribución acotada del tiempo extra

El tiempo extraordinario no podrá exceder de cuatro horas por día ni distribuirse en más de cuatro días a la semana, y requiere acuerdo por escrito entre las partes. Queda prohibido para personas menores de edad.

Art. 66 LFT
06

Registro electrónico de asistencia

Obligatorio a partir del 1 de enero de 2027, con entrada, descanso y salida del personal. Sirve también como medio de prueba del patrón en juicio para acreditar la duración de la jornada.

Art. 132 fr. XXXIV LFT
Artículo 61 LFT

Duración de la jornada diaria

Esta clasificación no cambió con la reforma; sigue siendo la base para calcular el tiempo extraordinario.

TipoHorarioDuración
Diurna06:00 a 20:00 horas8 horas
Nocturna20:00 a 06:00 horas7 horas
MixtaComprende periodos de ambas jornadas. Si el periodo nocturno es de 3.5 horas o más, se considera jornada nocturna en su totalidad.7.5 horas
Transitorio cuarto

Calendario de reducción gradual

Selecciona uno o varios periodos para comparar sus topes y para que la calculadora de tiempo extra proyecte el impacto en cada uno.

Jornada ordinaria Extra al doble Extra al triple

El total de horas legalmente disponibles a la semana —ordinarias más las dos franjas de tiempo extra— también se reduce con la reforma: de 61 horas en 2026 a 56 en 2030.

Herramienta

Calculadora de tiempo extraordinario

Captura el salario diario y las horas reclamadas por semana. El resultado se proyecta para cada periodo que hayas seleccionado arriba, de modo que veas el costo bajo cada régimen.

01

Datos del reclamo

Art. 132 fr. XXXIV LFT

Registro electrónico de asistencia

Obligación nueva, con entrada en vigor propia y separada de la reducción de horas.

01/01/27Entrada en vigor
Días restantes
5,000UMA, multa máxima
250UMA, multa mínima
Contenido del registro

Debe constar la entrada, el descanso y la salida del personal. La STPS emitirá las disposiciones de carácter general sobre las formas y modalidades para acreditar el cumplimiento.

Conservación y exhibición

El patrón debe conservar la evidencia de los registros y exhibirla cuando la autoridad la requiera.

Valor probatorio

El registro puede usarse como medio de prueba del patrón en juicio para acreditar la duración real de la jornada, incluida la ausencia de tiempo extraordinario no pagado.

Metodología

Cómo se calcula el tiempo extra

Ver fundamento y fórmula
ConceptoFórmulaFundamento
Horas extra al dobleLas horas reclamadas hasta el tope vigente en el periodo, valuadas al 200% del salario por hora ordinario.Art. 66 LFT
Horas extra al tripleEl excedente sobre el tope de horas dobles, hasta cuatro horas adicionales, valuadas al 300% del salario por hora.Art. 68 LFT
Salario por horaSalario diario dividido entre ocho, conforme a la jornada diurna estándar.Art. 61 LFT
Excedente sin coberturaLo reclamado por encima del máximo semanal del periodo no tiene fórmula legal específica de pago; su origen sería una jornada pactada fuera de los topes, con las consecuencias administrativas correspondientes.Art. 132 fr. XXXIV y art. 994 fr. IV Bis LFT

El pago del tiempo extraordinario al doble no es una novedad de esta reforma: la Ley Federal del Trabajo ya lo preveía así. Lo que cambia gradualmente es el número de horas semanales que puede pagarse a esa tasa antes de que el excedente pase al triple.

LegalMex S.C.

Preparamos su transición a la nueva jornada

Revisión de horarios y turnos, cláusulas de distribución de jornada por acuerdo, actualización del Reglamento Interior de Trabajo e implementación del registro electrónico de asistencia antes de su entrada en vigor. Casi cinco décadas asesorando exclusivamente en materia laboral.

Agendar una consulta

Contenido informativo, no constituye asesoría legal para un caso concreto. Las disposiciones de carácter general de la STPS sobre el registro electrónico de asistencia estaban pendientes de publicación al elaborar este material y pueden precisar o modificar lo aquí descrito. Consulta el decreto publicado en el DOF.

COMPARATIVO DEL PAGO DE TIEMPO EXTRA