LA FIGURA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN MÉXICO

La subcontratación en México ha experimentado una transformación regulatoria significativa con las reformas de 2021, enfocadas en erradicar prácticas ilegales y garantizar los derechos laboralesLa Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) ha emitido un Protocolo de Inspección detallado para vigilar el cumplimiento de la Ley Federal del Trabajo (LFT) y el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE)Este instrumento establece los procedimientos e indicadores que utiliza la autoridad laboral para fiscalizar tanto a las empresas contratistas como a las beneficiariasCon ello, se busca identificar y sancionar la subcontratación prohibida o simulada, promoviendo el trabajo digno y el apego a la legalidad.

Antecedentes y Justificación

Las reformas a la Ley Federal del Trabajo (LFT) de 2021 modificaron sustancialmente la regulación de la subcontratación.

  • Prohibición General: Se prohíbe la subcontratación de personal (proveer o poner a disposición trabajadores propios en beneficio de otra persona).

    Justificación excepcional: Solo se permite la subcontratación de servicios especializados o ejecución de obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante del beneficiario.

    Requisitos Clave: Los contratistas deben tener un registro vigente ante la STPS, conocido como REPSE (Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas), y estar al corriente con sus obligaciones fiscales y de seguridad social.

Objetivo del protocolo:

El facilitar que la STPS vigile el cumplimiento e identifique y sancione:

  • Irregularidades en la información presentada para el REPSE.

    Subcontratación prohibida (en actividades que son parte del objeto social o actividad preponderante de la beneficiaria).

    Subcontratación irregular (servicios especializados sin contar con la inscripción al REPSE y otros requisitos).

    Subcontratación simulada (cuando la actividad es en realidad parte del objeto social o actividad preponderante de la beneficiaria, a pesar de los documentos).

  • Violaciones a las condiciones generales de trabajo (CGT).

Acciones de Vigilancia

El Protocolo se aplica a tres tipos de acciones de vigilancia:

  1.  Visitas de constatación REPSE : Se realizan a personas que solicitan o ya están inscritas en el REPSE.

  2. Inspecciones en materia de subcontratación : Se realizan a contratistas y a beneficiarias de los servicios especializados, o en cualquier centro donde se pongan trabajadores a disposición de otro.

  3. Inspecciones ordinarias y extraordinarias en materia de CGT (Condiciones Generales de Trabajo), SH (Seguridad e Higiene) y CyA (Capacitación y Adiestramiento), con un enfoque transversal en materia de subcontratación.

Todas las acciones incluyen constatación física (recorridos), revisión documental y entrevistas o interrogatorios.

Entrevistas e Interrogatorios

Los inspectores federales del trabajo interrogaran a trabajadores y empleadores 

  • Muestra Mínima: La cantidad de trabajadores a entrevistar o interrogar se determina por la siguiente tabla:

Número total de personas trabajadoras Porcentaje de personas trabajadoras a entrevistar
1-50 100%
51-100 50%
Más de 100 40%

Cuestionario: Las preguntas buscan confirmar el cumplimiento de la ley laboral y determinar si la subcontratación es legal, preguntando sobre:

  • Puesto y actividades.

  • Salario, periodicidad y forma de pago.

  • Contrato de trabajo (si firmó, si le dieron copia, frecuencia de firma y si ha firmado con diferentes patrones).

  • ¿De quién recibe instrucciones para sus labores?

  • Capacitación recibida.

  • Acceso a utilidades y seguridad social (IMSS) en caso de accidentes.

  • Empresa y domicilio donde presta servicios especializados y si labora jornada completa.

Actuaciones Posteriores

En caso de comprobarse que existen violaciones a la normatividad aplicable al REPSE

Visitas de constatación REPSE: Si se identifican incumplimientos, la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo (DGIFT) iniciará el procedimiento de cancelación del registro REPSE.

  • Inspecciones: La DGIFT o las Oficinas de Representación Federal del Trabajo (ORFT) evaluarán el cumplimiento para determinar el archivo del expediente o el inicio del Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS). El inicio del PAS también puede dar lugar al procedimiento de cancelación del registro REPSE

Indicadores a revisar para beneficiarias

Los cuales se centran en asegurar que los servicios no caigan en la subcontratación prohibida o simulada

A continuación en la parte inferior podrás ver parte de los puntos a verificar por los Inspectores

NUEVO PROTOCOLO DE INSPECCIÓN EN MATERIA DE SUBCONTRATACIÓN

Inspección en Materia de Subcontratación y Nuevo Protocolo de la STPS

Las inspecciones relacionadas con esquemas de subcontratación tienen como finalidad verificar que las empresas cumplan con la regulación vigente en materia de servicios especializados y obras especializadas, conforme a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo y en las disposiciones emitidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

En 2025, la STPS dio a conocer un nuevo Protocolo de Inspección en Materia de Subcontratación, el cual establece lineamientos claros para la actuación de los inspectores, con el objetivo de fortalecer la supervisión, unificar criterios y garantizar revisiones más técnicas, ordenadas y transparentes en todo el país.

Bajo este nuevo esquema, la autoridad revisa, entre otros aspectos, que las empresas prestadoras cuenten con registro vigente ante el REPSE, que los contratos de servicios estén debidamente formalizados, que no existan esquemas simulados y que se cumplan correctamente las obligaciones laborales, fiscales y de seguridad social respecto de los trabajadores involucrados.

Asimismo, estas inspecciones incorporan una visión integral, evaluando no solo el cumplimiento formal de los requisitos legales, sino también las condiciones reales en las que se prestan los servicios, incluyendo salarios, prestaciones, jornadas, seguridad e higiene y capacitación. Por ello, resulta fundamental que las empresas mantengan su documentación actualizada, procesos internos claros y controles efectivos.

El incumplimiento en materia de subcontratación puede generar sanciones económicas elevadas, cancelación de registros, responsabilidades administrativas y contingencias legales relevantes. Por esta razón, una adecuada preparación, revisión preventiva y acompañamiento jurídico especializado son elementos clave para garantizar el cumplimiento normativo y brindar seguridad jurídica a las operaciones empresariales.

ALGUNOS PUNTOS A VERIFICAR POR LOS INSPECTORES

Indicador a revisarTipo de comprobación Aspectos clave
Personas puestas a disposición Documental, interrogatorio y constatación física Enlistar e identificar a la totalidad de trabajadores de terceros que se encuentren en el centro de trabajo de la beneficiaria.
Contratos de ServiciosDocumentalObservar que el contrato sea por escrito y contenga el registro REPSE y folio de actividad de la contratista, nombre de la contratista, número de trabajadores, vigencia, objeto(s) y firmas.
Actividad Real de los TrabajadoresDocumental, interrogatorio y Constatación FísicaQue los trabajadores de la contratista realicen exactamente los servicios u obras especializados señalados en el contrato.
Proporcionalidad de Trabajadores Documental, interrogatorio y constatación FísicaQue el número de trabajadores puestos a disposición corresponda al número aproximado señalado en el contrato.
Subcontratación no Prohibida Documental, interrogatorio y constatación FísicaQue la actividad prestada por la contratista no se corresponda con el objeto social o la actividad económica preponderante de la beneficiaria.
Identificación de TrabajadoresDocumental, interrogatorio y constatación físicaQue los trabajadores de la contratista estén debidamente identificados y diferenciados (gafete, nombre, imagen, código) de los contratados por la beneficiaria.
Inscripción al IMSS de Terceros DocumentalComprobar que los trabajadores de la contratista que prestan servicios en la beneficiaria estén inscritos al IMSS

+ 52 55 5545-7144


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México 11590, CDMX