Recomendaciones principales:
- Que exista una orden escrita de visita, con el nombre correcto de la empresa y la dirección exacta que corresponde al domicilio de la visitada.
- La orden sea expedida por la autoridad competente (Local o Federal) conforme al artículo 527 de la LFT.
- Que indique el nombre del inspector y acompañantes, debiéndose además identificar plenamente todos con la credencial expedida por la autoridad laboral correspondiente, frente a quien atienda la visita.
- Que se entregue el original firmado de la orden de visita y del instructivo de derechos y obligaciones del visitado
- Que salvo que se ordene una Inspección extraordinaria (más adelante la definimos), la atención de la primera ocasión que se presenten a la empresa, deberá llevarse a cabo con alguna persona que no sea representante legal de la empresa (lo anterior a fin de que se encuentren impedidos de llevar a cabo en ese momento la diligencia de verificación y estén obligados a dejar un citatorio para tener por lo menos hasta el día siguiente para preparar lo necesario).
- Cuando se lleve a cabo la visita de inspección y pidan algún documento de donde se desprenda el capital contable de la empresa, evitar proporcionárselos, de preferencia solo exhibir el acta constitutiva y nunca una de aumento de capital (en base a la capacidad económica, se impondrán las multas).
- Siempre al cierre del acta manifestar que la empresa se reserva sus derechos para los efectos legales que correspondan en su oportunidad.
- Para otras estrategias de carácter reservado que no es conveniente publicar, por favor contáctenos para poderles apoyar en el mejor manejo de la visita.
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