Aguinaldo y su exención de ISR
Días de aguinaldo proporcionales al periodo trabajado, con descuento por faltas injustificadas o incapacidades, el monto que corresponde en pesos y su estimación de retención de ISR.
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- Mínimo legal 15 días (Art. 87 LFT)
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Cómo se calcula cada concepto
| Concepto | Fórmula | Fundamento |
|---|---|---|
| Aguinaldo anual mínimo | 15 días de salario, o los pactados si son mayores. Pagadero antes del 20 de diciembre. | Art. 87 LFT |
| Días de aguinaldo proporcionales | Días pactados × (días trabajados dentro del año que se calcula ÷ 365). El periodo va del 1 de enero (o de la fecha de ingreso, si es posterior) al 31 de diciembre (o a la fecha de cálculo, si es anterior). No se acumulan ejercicios anteriores. | Art. 87 LFT |
| Descuento por faltas injustificadas | Se restan directamente del resultado del año en curso, al no computarse como tiempo efectivamente laborado. No se aplican a los años pendientes calculados automáticamente. | LFT |
| Incapacidades por maternidad o riesgo de trabajo | Se consideran tiempo trabajado y, por ello, no se descuentan del cálculo. | LFT |
| Aguinaldo pendiente de ejercicios anteriores | Un año completo (o proporcional, si es el primer año de la relación) por cada ejercicio previo, con los mismos días pactados. | Art. 87 LFT |
| Prescripción del aguinaldo | Exigible a partir del 19 de diciembre de cada ejercicio; la acción para reclamarlo prescribe al año siguiente, es decir, el 19 de diciembre del año posterior. | Arts. 87 y 516 LFT |
| Exención de ISR | El aguinaldo está exento hasta el equivalente a 30 días de UMA. Si se paga junto con pendientes de otros ejercicios, la exención y la tarifa se aplican una sola vez sobre el total combinado, con la UMA y la tarifa vigentes a la fecha de pago —no de forma independiente por cada año de origen. | Art. 93 fr. XIV LISR |
| ISR sobre el excedente | Se aplica la tarifa del artículo 96 al importe que exceda la exención. | Art. 96 LISR · Anexo 8 RMF 2026 |
Parámetros cargados: UMA de 2016 a 2026, seleccionada conforme al ciclo vigente del 1 de febrero al 31 de enero siguiente; tarifa del artículo 96 conforme al Anexo 8 de la RMF 2026. El criterio de aplicar una sola exención y tarifa sobre el total combinado —en lugar de una exención histórica por cada año de origen— responde a que el ISR sobre sueldos se causa por percepción efectiva del ingreso; existe una postura más rigurista que defiende un tope histórico independiente por ejercicio devengado, así que verifica este criterio contra el que utilices en tu despacho antes de publicar esta calculadora. Las citas de "LFT" sin artículo específico corresponden a criterios de práctica laboral generalmente aceptados; verifícalas también contra el fundamento exacto que utilices.