ISR de sueldos y salarios
Calcula la retención exacta de ISR sobre un ingreso gravable, para cualquier periodicidad de nómina —mensual, quincenal, decenal o semanal— o para la declaración anual del ejercicio anterior.
- Cálculo en tu navegador
- Tarifas Art. 96 y 152 LISR
- Desglose imprimible
—
$0.00
Cómo se calcula cada concepto
| Límite inferior | Límite superior | % excedente | Cuota fija |
|---|
Tarifa mensual conforme al Anexo 8 de la RMF 2026 (DOF 28/12/2025). Las tarifas quincenal, decenal y semanal son derivadas proporcionalmente; la anual 2025 corresponde a la tarifa mensual del ejercicio 2025 multiplicada por 12 (art. 152 LISR).
| Concepto | Fórmula | Fundamento |
|---|---|---|
| Límite inferior | El menor valor del rango de la tarifa en el que se ubica el ingreso gravable. | Art. 96 LISR |
| Base marginal | Ingreso gravable, menos el límite inferior del rango. | Art. 96 LISR |
| Impuesto marginal | Base marginal × porcentaje del rango. | Art. 96 LISR |
| Impuesto causado | Impuesto marginal + cuota fija del rango. | Art. 96 LISR |
| Neto a recibir | Ingreso gravable, menos el impuesto causado. | Art. 96 LISR |
| Tarifa anual | Se usa para la declaración anual definitiva (abril del año siguiente), no para retenciones periódicas de nómina. | Art. 152 LISR |
Esta calculadora no incluye el subsidio para el empleo (Decreto DOF 31/12/2025), que reduce la retención para ingresos bajos, ni considera otras deducciones o créditos aplicables a la declaración anual (deducciones personales, por ejemplo). Es una estimación de la retención o el impuesto causado por tarifa, no el resultado final de una declaración.